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Todos los trámites

¿Necesitas ayuda?

En Mutua Montañesa disponemos de un área privada para pacientes y trabajadores, portal Mmuy Digital Personas, en el que ponemos a disposición de los mismos toda la información asistencial y económica de los procesos que tengas con nosotros. Por lo tanto, es a través de este área donde podrás consultar el listado de todos los recibos de pagos que hayas recibido y, además, te enviaremos un SMS informativo cada vez que se ejecute un nuevo abono.

Puedes acceder a tu área privada trabajadores, portal Mmuy Digital Personas pulsando aquí. Si aún no tienes acceso, solicita tus claves a través de este enlace.

Más información

Los partes de confirmación y alta relativos a los accidentes de trabajo los expide la Mutua. Los relativos a enfermedad común, te los darán en tu centro de salud. No obstante, si necesitas un parte relativo a un accidente de trabajo, puedes descargártelo desde tu área privada (accede aquí). Si aún no tienes acceso ¿A qué esperas? Solicítalo aquí.

(En caso de existir aun prestaciones covid): Puedes consultar como solicitar tu prestación extraordinaria derivada de la situación covid en este enlace.

Si lo que estas buscando es cómo solicitar una prestación ordinaria debido al cese de tu actividad ("paro de autónomos"), tienes toda la información aquí.

Si tienes un menor a tu cargo afectado por cáncer, o por cualquier otra enfermedad grave, o que requiera ingreso hospitalario de larga duración, y has tenido que reducir tu jornada en al menos un 50%, puedes informarte sobre la prestación en el enlace.

El primer paso para solicitar la baja es comunicar a la empresa el embarazo. El servicio de prevención externo de la empresa valorará entonces si el puesto de trabajo puede influir negativamente y valorará si es posible adaptarlo o cambiarlo temporalmente para que sea seguro durante el embarazo. Si no es posible cambiar o adaptar el puesto de trabajo, se comienza con el procedimiento para solicitar la prestación por riesgo durante el embarazo. Para ello, la trabajadora debe presentar la siguiente documentación:

  • Informe de su médico de cabecera
  • Declaración empresarial sobre el puesto de trabajo
  • Evaluación del riesgo del puesto de trabajo

En ese momento, la Mutua, tras analizar la documentación, decide si reconoce si existe riesgo durante el embarazo emitiendo un certificado de reconocimiento.

Si necesitas saber más detalles sobre este tema, te recomendamos que leas nuestro post y veas nuestro video.

Pueden darse ocasiones en las que exista un riesgo durante la lactancia natural cuando el desempeño de la actividad laboral de una trabajadora pueda influir negativamente en la salud de la madre o en la de su hijo/a. Si consideras que es tu caso, debes iniciar el trámite para que la mutua emita el certificado de reconocimiento del riesgo. Para ello necesitas:

  • Informe del pediatra conforme te encuentras en lactancia natural. Reconocimiento de la prestación por maternidad en la que figure la fecha de fin de la misma.
  • Declaración de la empresa e informe del servicio de prevención sobre el puesto de trabajo con la evaluación del riesgo.

Con esta documentación, la Mutua puede reconocer el riesgo y podrás realizar la solicitud de la prestación. Si necesitas ampliar esta información, puedes leer este documento al respecto: enlace.

Se considera accidente in itinere al accidente sufrido en el trayecto al ir o al volver del lugar de trabajo, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos.

  • El fin del desplazamiento debe ser ir o volver del trabajo.
  • El camino utilizado para el desplazamiento debe ser el habitual y normal.
  • El medio de transporte utilizado debe ser el habitual y adecuado para salvar la distancia a recorrer.
  • El tiempo utilizado debe ser el normal, sin interrupciones por motivos particulares que puedan romper la relación de causalidad y teniendo en cuenta la distancia a recorrer, el medio de transporte.

  • Si estás de baja por enfermedad común o accidente no laboral- conocido por contingencias comunes, estos son los plazos y las cantidades:
    • Del día 1 al 4 de la baja, no tendrás derecho a prestación.
    • Del día 4 al 20 de la baja, recibirás el 60% de tu base reguladora. Si no sabes cuál es, puedes calcularla aquí.
    • A partir del día 21 recibirás el 75% de la base reguladora.
  • Si estás de baja por enfermedad profesional o accidente laboral- conocido por contingencias profesionales- los plazos y las cantidades son:
    • Desde el día 1 recibirás el 75% de la base reguladora del mes anterior a producirse la baja. No obstante, tienes toda la información disponible en nuestro post.

El sistema Delt@ es El sistema de Declaración Electrónica de Trabajadores Accidentados. Es decir, la herramienta informática por la que se deben comunicar a la Seguridad Social los accidentes que ocurren en el trabajo, ya sean baja laboral o no. Tanto las empresas como los trabajadores autónomos están obligados a dar parte de baja de los accidentes por el sistema Delt@. Si necesitas más información al respecto, puede consultar nuestro post sobre el sistema delt@.

Además, si tienes área privada, ponemos a tu disposición un asistente para generar tus partes de forma fácil. Date de alta en tu área privada aquí.

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