¿Qué es?
Las prestaciones complementarias son recursos cuya dedicación está reservada para atender situaciones concretas de necesidad que sufren nuestros trabajadores asegurados y derechohabientes, priorizando siempre a los más necesitados, tanto desde el punto de vista económico como por otros motivos sociales.
El objetivo es cubrir las necesidades que algunos trabajadores tienen tras un accidente de trabajo o enfermedad profesional y que van más allá del tratamiento médico y rehabilitador normal.
Beneficiarios
Podrán solicitar esta ayuda económica todos aquellos trabajadores de nuestras empresas mutualistas, o trabajadores por cuenta propia, que hayan sufrido un Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional qué cómo consecuencia de este suceso sufren una situación de necesidad económica por merma de los ingresos o gastos especiales no cubiertos por la Seguridad Social. En caso de fallecimiento, podrán solicitarlo los familiares a su cargo.
Requisitos
Las solicitudes que en esta materia llegan a Mutua Montañesa son tratadas y analizadas estudiando cada una conforme a criterios técnicos y valorando la necesidad social de los solicitantes, no descartando ninguna sin ser sometida a este análisis previamente.
Debe existir justificación médica, técnica y económica.
Las resoluciones y cuantías se resolverán de manera individualizada en función de unos criterios preestablecidos que determinen la situación de necesidad y de acuerdo al catálogo aprobado.
Catálogo
1. Rehabilitación y recuperación
Ayuda para costear la estancia de larga duración en un centro sociosanitario o residencial de trabajadores con especiales dificultades para el desarrollo de las actividades básicas de la vida diaria y grandes inválidos
- La finalidad de esta prestación será la de ayudar a costear la estancia de larga duración, en un centro socio-sanitario o residencial a los trabajadores que hayan sufrido un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, que les haya ocasionado especiales dificultades para el desarrollo de las actividades básicas de la vida diaria y a los grandes inválidos.
- Beneficiarios: La persona trabajadora, por los daños sufridos como consecuencia de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional.
Ayuda para costear los gastos de traslado, estancia y dietas del trabajador en un centro hospitalario, sociosanitario o residencial, así como del acompañante encargado de su cuidado.
- La finalidad de esta prestación será la de ayudar a compensar los gastos de traslado, estancia y dietas del trabajador, del familiar acompañante o de la persona que cuide al trabajador hospitalizado como consecuencia de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional.
- Beneficiarios: El cónyuge o la pareja de hecho del trabajador.
Ayuda para prótesis y ayudas técnicas no regladas
- Sufragamos el coste de las prótesis no regladas que precise el trabajador como consecuencia del accidente de trabajo o enfermedad profesional.
- Beneficiarios: La persona trabajadora.
Ayuda para tratamientos médicos o terapias no reglados
- Sufragamos los tratamientos médicos recomendados por el facultativo de la mutua colaboradora que no formen parte de los tratamientos de curación ordinarios.
- Beneficiarios: La persona trabajadora.
2. Prestaciones por reorientación profesional y adaptación del puesto de trabajo
Cursos para la formación profesional e inserción socio laboral
- Sufragamos al trabajador los gastos ocasionados por la realización de cursos de formación profesional orientados a mejorar su formación o facilitar la inserción socio-laboral.
- Beneficiarios: La persona trabajadora.
Adaptación del local donde el trabajador autónomo desarrolla su actividad
- Ayudamos al trabajador autónomo a sufragar los gastos incurridos en suprimir las barreras y adaptar el lugar en el que desarrolla su actividad, a las nuevas necesidades surgidas tras el accidente de trabajo o enfermedad profesional.
- Beneficiarios: La persona trabajadora.
3. Prestaciones para la adaptación de los medios esenciales para el desarrollo de las actividades básicas de la vida diaria
Ayuda para la eliminación de barreras en la vivienda habitual
- Sufragamos el coste que supone la adaptación de la vivienda habitual y la eliminación de barreras arquitectónicas, para adecuar al estado del trabajador consecuencia del accidente de trabajo o enfermedad profesional.
- Beneficiarios: Trabajador incapacitado en grado de Gran Invalidez.
Ayuda para la adquisición de vivienda habitual adaptada
- Sufragamos el cose de adquisición de una vivienda adaptada al estado del trabajador como consecuencia del accidente de trabajo o enfermedad profesional.
- Beneficiarios: Trabajador incapacitado en grado de Gran Invalidez.
Ayuda para la adaptación de vehículo
- Costeamos la adaptación del vehículo habitual o de nueva adquisición, en propiedad del trabajador o del familiar, al estado físico del trabajador resultante del accidente de trabajo o enfermedad profesional.
- Beneficiarios: Trabajador declarado en situación de Incapacidad permanente total o superior grado, que precisen adaptación de su vehículo para la conducción.
Apoyo domiciliario para el desarrollo de las actividades básicas de la vida diaria
- Ayudamos a los trabajadores accidentados o incapacitados como consecuencia de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional, que en el momento del alta hospitalaria o médica precisen de servicios de ayuda para realizar actividades básicas de la vida diaria.
- Beneficiarios: La persona trabajadora.
Ayuda para el acceso a las nuevas tecnologías de la información y comunicación
- Ayudamos en la adquisición de dispositivos informáticos, siempre y cuando presenten limitaciones sensoriales o de movilidad importantes, como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional.
- Beneficiarios: Trabajador accidentado o por enfermedad profesional, que se encuentre en situación de incapacidad permanente.
4. Otras prestaciones
Complemento al auxilio por defunción
- Complementamos la prestación de Seguridad Social sobre el auxilio de defunción.
- Beneficiarios: Derechohabiente del trabajador fallecido.
Ayuda para la formación en el cuidado de personas en situación de Gran Invalidez
- Ayudamos a las personas encargadas del cuidado de los trabajadores en situación de Gran Invalidez, con al realización de cursos de formación.
- Beneficiarios: Persona que encargue del cuidado del trabajador en situación de Gran Invalidez.
Ayuda de pago único para el pago del alquiler o amortización de créditos hipotecarios de la vivienda habitual cuando, como consecuencia del accidente de trabajo o de la enfermedad profesional, se produzca la pérdida del empleo o situación similar de vulnerabilidad, durante el año siguiente al hecho causante
- Esta prestación consistirá en una ayuda de pago único a los trabajadores para cubrir los gastos de alquiler o amortización de créditos hipotecarios en los supuestos en que, como consecuencia del accidente de trabajo o enfermedad profesional, se produzca la pérdida del empleo u otra situación similar de vulnerabilidad, durante el año siguiente al hecho causante.
- Beneficiarios: La persona trabajadora.
¿Cómo solicitar esta prestación?
Para solicitar estas ayudas es necesario que cumplimentes el impreso de solicitud de prestaciones complementarias y presentarlo en cualquiera de nuestras delegaciones Mutua Montañesa.
La Comision de Prestaciones complementarias, una vez haya resuelto la solicitud, notificará por escrito la resolución de la misma.