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Incapacidad permanente

Qué es

Es la prestación económica que tiene como objetivo cubrir la falta de ingresos cuando después de haber sufrido un accidente de trabajo o diagnosticado una enfermedad profesional, le quedan secuelas definitivas que le impiden realizar su trabajo porque disminuyen o anulan su capacidad laboral.

La cuantía y duración varía en función del grado de incapacidad.

Grados de incapacidad

Se reconocen diferentes grados de incapacidad en función del porcentaje de disminución de la capacidad laboral del trabajador/a:

  • Incapacidad permanente Parcial: Es la que ocasiona al trabajador/a una disminución de su rendimiento laboral superior al 33% pero no le impide realizar otras tareas fundamentales de su profesión. En caso de trabajadores autónomos la merma tiene que ser, mínimo, del 50 %.
  • Incapacidad permanente Total: Es la que inhabilita al trabajador para la realización de todas las tareas, o de aquellas fundamentales de su profesión, pero tiene la opción de dedicarse a otra distinta con un rendimiento normal.
  • Incapacidad permanente Absoluta: Es la que inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio.
  • Gran Invalidez: Es la situación de un trabajador afectado por una incapacidad permanente y que, a consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesita la asistencia de otra persona para llevar a cabo los actos más esenciales de la vida.

Beneficiarios

Cualquier trabajador/a que haya sufrido un accidente de trabajo o se le haya diagnosticado una enfermedad profesional y que después de hacer realizado el tratamiento médico, le hayan quedado secuelas definitivas que afectan a su rendimiento laboral.

Requisitos

  • Estar dado de alta o asimilado al alta en la Seguridad Social en momento del hecho causante.
  • No se exige período previo de cotización.

Cuantía

Para cada grado de invalidez permanente se reconoce una prestacion económica que atiende a la disminucion o anulación de la capacidad laboral:

  • Incapacidad permanente Parcial: Importe de 24 mensualidades de la base reguladora.
  • Incapacidad permanente Total: 55% de la base reguladora, ampliable hasta un 20% para trabajadores mayores de 55 años que no realicen trabajos.
  • Incapacidad permanente Absoluta: 100% de la base reguladora.
  • Gran Invalidez: 100% de la base reguladora + complemento 50% de la pensión destinado a la persona que atiende al inválido.

Duración

Tienen carácter vitalicio, excepto la incapacidad permanente parcial que es una indemnización con un pago único.

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