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Empleado del hogar

Empleados de hogar

Por qué Mutua Montañesa

Te acompañamos para ponértelo Mmuy fácil con todas tus gestiones, cuidar de tu salud siempre que lo necesites y ayudarte con tus prestaciones. Te facilitamos una guía con toda la información detallada de los empleados de hogar.

A tener en cuenta
Alta obligatoriaDesde el 1 de enero de 2012, en el Sistema Especial para Empleados de Hogar
Gestión 100% onlineTrámites y consultas desde el portal Mmuy Digital Personas
+200 centros concertadosAdemás de nuestra red propia, en todo el país

A tener en cuenta

Régimen Especial para Empleados de Hogar

Desde el 1 de enero de 2012 es obligatorio que el empleador dé de alta en el nuevo Régimen Especial para Empleados de Hogar al trabajador que realice labores domésticas para él.

Se entienden como labores domésticas las diversas modalidades de las tareas domésticas, así como la dirección o cuidado del hogar en su conjunto o de algunas de sus partes, el cuidado o atención de los miembros de la familia o de las personas que forman parte del ámbito doméstico o familiar, y otros trabajos que se desarrollen formando parte del conjunto de tareas domésticas, tales como los de guardería, jardinería, conducción de vehículos y otros análogos.

Los trabajadores que presten sus servicios durante menos de 60 horas por empleador deben formular directamente su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos cuando así lo acuerden con tales empleadores. En todo caso, las solicitudes de alta, baja y variaciones de datos deberán ir firmadas por sus empleadores (Real Decreto-ley 29/2012, de 28 de diciembre, desde el 1 de abril de 2013).

El ingreso de las cuotas en el Sistema Especial corresponde al empleador. No obstante, el empleado de hogar que preste sus servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador, y que hubiera acordado con este la asunción de las obligaciones en materia de encuadramiento, será el sujeto responsable de la obligación de cotizar, debiendo ingresar la aportación propia y la del empleador por contingencias comunes y profesionales.

Si necesitas ampliar información sobre cómo darte de alta, pagar tus cuotas, etc., puedes consultar esta guía especial para Empleados del Hogar.

Ventajas para ti

Todo, Mmuy fácil

Gestiones
 

Mmuy fácil en tus gestiones

  • Realiza tus trámites y gestiones más frecuentes de manera online, sin necesidad de moverte de casa, a través del portal Mmuy Digital Personas.
  • Toda tu información a un clic: estado de tus prestaciones económicas, descarga de recibos, próximas citas médicas...
  • Te avisamos por SMS de tus citas pendientes y de todas las novedades asociadas a tus procesos.
  • Solicita ya tu acceso al Portal Mmuy Digital Personas o descubre cómo funciona.
Atención
 

Mmuy fácil en atención

  • Servicio de Atención Centralizado Mutua Montañesa: 942 204 100. Más información aquí.
  • Estamos contigo para ayudarte con todo lo que necesites: online, por teléfono y en nuestras oficinas.
  • Estamos cerca de ti, con nuestra amplia red de centros propios y más de 200 centros concertados alrededor de todo el país.
Servicios
 

Mmuy fácil en Servicios

  • Nuestros 3.000 profesionales médicos cuidarán de ti desde nuestra red de centros concertados o en nuestro Hospital de Mutua Montañesa.
  • Contamos con un equipo de rehabilitadores y fisioterapeutas referencia a nivel internacional: estarás en las mejores manos.
  • Aplicamos las últimas tecnologías en pruebas diagnósticas (Resonancia Magnética, Radiología Digital, TAC, Ecografías...) e intervenciones quirúrgicas.

Coberturas

Trámites relacionados con tus coberturas

En Mutua Montañesa trabajamos para darte tranquilidad, por eso gestionamos de forma rápida y sencilla todos los trámites relacionados con tus coberturas. Es importante que sepas a qué tienes derecho, así que te animamos a leerlo y preguntarnos por cualquier duda o consulta que te surja.

Cómo dar de alta

Cómo dar de alta a un empleado del hogar

Para dar de alta a un trabajador en el Sistema Especial de los Empleados del Hogar, es necesario seguir estos tres pasos:

  • Disponer de un código de cuenta de cotización dentro del Sistema Especial para Empleados del Hogar.

  • Afiliación y alta a la Seguridad Social: adscribir al trabajador al código de cuenta de cotización con carácter previo al inicio de la actividad laboral.

  • Elegir la mutua colaboradora con la Seguridad Social con la que quiere proteger las coberturas del empleado.

Documentación necesaria

Qué debe presentar el empleador

El empleador debe presentar en cualquier Administración de la Seguridad Social o a través de Registro Electrónico:

  • Modelo TA6: Para la apertura de su primera o principal cuenta de cotización.
  • Modelo TA7: Para abrir una segunda y posteriores cuentas de cotización del mismo empresario.
  • Afiliación: Modelo TA-1.
  • Alta, baja y variaciones: Modelo TA.2/S-0138 (empleados de hogar a jornada completa o a tiempo parcial).
  • DNI: Del titular del hogar familiar o pasaporte en caso de ser extranjero. Si el trabajador es familiar del empresario, debe presentarse también declaración del empresario y del familiar en la que conste la condición de este como trabajador por cuenta ajena.
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