Pasar al contenido principal

Empleados del hogar

Por qué Mutua Montañesa

En Mutua Montañesa te acompañamos para ponértelo Mmuy fácil con todas tus gestiones, cuidar de tu salud siempre que lo necesites y ayudarte con tus prestaciones.

Te facilitamos una guía con toda la información detallada de los empleados de hogar.

A tener en cuenta

Desde el 1 de enero de 2012 es obligatorio que el empleador dé de alta en el nuevo Régimen Especial para Empleados de Hogar al trabajador que realice labores domésticas para él.

Se entienden como labores domésticas las diversas modalidades de las tareas domésticas, así como la dirección o cuidado del hogar en su conjunto o de algunas de sus partes, el cuidado o atención de los miembros de la familia o de las personas que forman parte del ámbito doméstico o familiar, y otros trabajos que se desarrollen formando parte del conjunto de tareas domésticas, tales como los de guardería, jardinería, conducción de vehículos y otros análogos.

Los trabajadores que presten sus servicios durante menos de 60 horas por empleador deben formular directamente su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos cuando así lo acuerden con tales empleadores. En todo caso, las solicitudes de alta, baja y variaciones de datos presentadas por los empleados de hogar deberán ir firmadas por sus empleadores. (Real Decreto-ley 29/2012 de 28 de diciembre, de mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial para Empleados de Hogar, desde el 1 de abril de 2013)

El ingreso de las cuotas en el Sistema Especial de los Empleados del Hogar corresponde al empleador. No obstante, el empleado de hogar que preste sus servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador, y que hubiera acordado con este último la asunción de las obligaciones en materia de encuadramiento en el Sistema Especial para Empleados de Hogar, será el sujeto responsable de la obligación de cotizar. Deberá, por tanto, ingresar la aportación propia y la correspondiente al empleador (o, en su caso, empleadores) con el que mantenga tal acuerdo, por contingencias comunes y profesionales.

Si necesitas ampliar información sobre cómo darte de alta, pagar tus cuotas, etc., puedes consultar esta guía especial para Empleados del Hogar.

Ventajas para ti

Mmuy fácil en tus gestiones

  • Podrás realizar tus trámites y gestiones más frecuentes de manera online, sin necesidad de moverte de casa, a través del portal Mmuy Digital Personas.
  • Estamos contigo para ayudarte con todo lo que necesites: online, por teléfono y en nuestras oficinas.
  • En el portal Mmuy Digital Personas tendrás toda tu información a un clic: el estado de tus prestaciones económicas y descarga de tus recibos, tus próximas citas médicas, etc. Además te avisamos por sms de tus citas pendientes y de todas las novedades asociadas a tus procesos.

Solicita ya tu acceso a través de este enlace del Portal Mmuy Digital Personas y tenlo todo al alcance de tu mano. Y si quieres saber más sobre su funcionamiento, solo tienes que clicar aquí.

Mmuy fácil en atención

Mmuy fácil en Servicios

  • Nuestros 3000 profesionales médicos cuidarán de ti desde nuestra red de centros concertados o, en nuestro Hospital de Mutua Montañesa.
  • Tenemos un equipo de rehabilitadores y fisioterapeutas que son referencia a nivel internacional: estarás en las mejores manos.
  • Estudiamos y aplicamos las últimas tecnologías en pruebas diagnósticas (Resonancia Magnética, Radiología Digital, TAC, Ecografías, etc.) e intervenciones quirúrgicas.

Coberturas

En Mutua Montañesa trabajamos para darte tranquilidad. Por eso gestionamos de forma rápida y sencilla todos los trámites relacionados con tus coberturas de Mutua Montañesa.

Estas son las situaciones que cubrimos en cuanto asistencia sanitaria o gestión de la prestación económica que lleva asociada. En cada una encontrarás un link a la información detallada. Es importante que sepas a qué tienes derecho, así que te animamos a leerlo y preguntarnos por cualquier duda o consulta que te surja:

Cómo dar de alta a un empleado del hogar

Para dar de alta a un trabajador en el Sistema Especial de los Empleados del Hogar, es necesario:

  • Disponer de un código de cuenta de cotización dentro del sistema Especial para Empleados del Hogar.
  • Afiliación y alta a la Seguridad Social. Adscribir al trabajador al código de cuenta de cotización con carácter previo al inicio de la actividad laboral.
  • Elegir la mutua colaboradora con la Seguridad Social con la que quiere proteger las coberturas del empleado.

Documentación necesaria

El empleador, debe presentar en cualquier Administración de la Seguridad Social o a través de Registro Electrónico:

  • El modelo TA6, para la apertura de su primera o principal cuenta de cotización.
  • El modelo TA7, para abrir una segunda y posteriores cuentas de cotización del mismo empresario.

Además, para la formalización de las solicitudes de afiliación y altas se deben presentar los siguientes documentos establecidos al efecto:

  • Afiliación: modelo TA-1
  • Alta, baja y variaciones: modelo TA.2/S-0138 (empleados de hogar a jornada completa o a tiempo parcial)
  • DNI del titular del hogar familiar o pasaporte en caso de ser extranjeros En el caso de que el trabajador sea familiar del empresario, debe presentar también declaración del empresario y del familiar en la que se haga constar la condición de éste como trabajador por cuenta ajena.
Archivo
Archivo
×

¿Conoces nuestra escuela de espalda?

PULSA AQUÍ
¿Conoces nuestra escuela de espalda?