Órganos de Gobierno y Participación
Los miembros de estos órganos no perciben retribución alguna por su gestión, salvo la dieta en concepto de compensación de gastos por la asistencia a las reuniones, reguladas en el caso de la Junta Directiva y la Comisión de Prestaciones Complementarias, por la Orden TIN/246/2010, de 4 de febrero, en el año 2024 podrán recibir las siguientes compensaciones por su asistencia a cada reunión de los indicados órganos:
- Junta Directiva: 591,41 €.
- Comisión de Prestaciones Especiales: 464,50 €.
- Comisión de Control y Seguimiento: 500,66 €.
Retribución Director Gerente
A continuación se exponen las retribuciones del ejercicio 2024, de conformidad con lo previsto en el artículo 88 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en relación con el régimen jurídico de las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social y con la Orden de 2 de enero de 2015, por la que se aprueba la clasificación de las Mutuas, dando cumplimiento al artículo 8.1 f) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Retribución básica 60.221,88 €
Complemento de puesto 36.133,20 €
Complemento variable 24.088,92 €
Total 120.444,00 €
Con ocasión del abandono del cargo por parte de altos cargos, no se han percibido indemnizaciones.
Fecha de actualización 04 de enero de 2024.