04
Agosto
2026
La Seguridad Social amplia las notificaciones electrónicas en los procedimientos de Incapacidad Temporal e Incapacidad Permanente tramitados por la Administración de la Seguridad Social
A partir del 1 de septiembre de 2026 entra en vigor la Orden ISM/541/2026, de 27 de mayo, que modifica la regulación de las notificaciones y comunicaciones electrónicas de la Administración de la Seguridad Social.
Puedes consultar la Disposición 11701 del BOE núm. 133 2026 pulsando aquí, así como el texto consolidado de la orden modificada pulsando aquí.
La principal novedad es la ampliación de la obligación de relacionarse electrónicamente con la Seguridad Social a las personas solicitantes o beneficiarias de prestaciones de Incapacidad Temporal (IT), así como a quienes participen en procedimientos de Incapacidad Permanente (IP) o de Lesiones Permanentes No Incapacitantes (LPNI).
Con esta medida, las resoluciones y comunicaciones con la Administración de la Seguridad Social se realizarán preferentemente a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS), reforzando la digitalización de los procedimientos, agilizando la gestión administrativa y reduciendo los tiempos de comunicación con las personas interesadas.
La norma incorpora además mecanismos de apoyo y asistencia presencial para evitar situaciones de indefensión de aquellas personas que presenten dificultades en el acceso a los medios electrónicos.
Aunque no es una norma que incluya en su ámbito objetivo las relaciones con las Mutuas, aprovechamos para recordar que cualquier perfil puede darse de alta en nuestro portal Mmuy Digital, el área privada habilitada por Mutua Montañesa para gestionar tus procesos y realizar trámites onlie. Si no tienes acceso pulsa aquí para solicitarlo.