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12 Enero 2023
Gestión y Control de los procesos por Incapacidad Temporal

El Consejo de Ministros ha aprobado el pasado día 27 de diciembre el Real Decreto 1060/2022 por el que se modifica el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración.

Mediante este real decreto se introducen cambios en determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal (IT) en los primeros 365 días de su duración, con el fin de agilizar trámites y eliminar obligaciones burocráticas que prolongan innecesariamente los procesos, lo que supone un importante beneficio para empresas, trabajadores y para los propios facultativos de los Servicios Públicos de Salud.

En cuanto a los partes médicos de bajas y altas, la norma establece que solo se entregará una copia al trabajador y se elimina tanto la segunda copia como la obligación del trabajador de entregar esta copia en la empresa, entidad gestora o mutua.

Será la Administración la que, por medios telemáticos, comunique a las empresas la expedición de los partes médicos de sus trabajadores que están en situación de incapacidad temporal.

De este modo, a partir del 1 de abril, la forma que tendrán las empresas de conocer los datos relativos a los partes médicos de baja, confirmación y alta de sus trabajadores será a través de los Ficheros INSS Empresas (FIE y FIER).

Además estarás informado de todo de forma telemática a través de tu portal MMuy Digital Empresas, donde te comunicaremos si tienes algún trabajador de baja y podrás consultar todos los datos que necesitas para realizar los trámites necesarios. Si no tienes tus claves, solicítalas aquí.

 

 

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Trabajador
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