Las mutuas colaboradoras recibimos de la Seguridad Social las cotizaciones por accidente de trabajo que paga el empresario por cada trabajador y una fracción de las cuotas que pagan empresarios y trabajadores por contingencias comunes. Estos recursos sirven para pagar las prestaciones que estipula la Seguridad Social a los trabajadores que están de baja o que necesitan percibir una prestación. En caso de haber un excedente de esta gestión, éste se revierte nuevamente a la Seguridad Social.
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