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Preguntas frecuentes

Los partes serán remitidos por el SPS al INSS, quien posteriormente los remitirá a la Mutua, que será quién notifique a la empresa que la deducción a aplicar en estos casos no es la habitual en Contingencias Comunes, sino el 75% de la base reguladora desde el día siguiente a la fecha de la baja.

Son únicamente los Servicios Públicos de Salud (SPS).

Para el abono de la prestación es un requisito imprescindible la emisión de los partes que justifiquen la situación:

  • Los PMB y PMC pueden ser emitidos sin la presencia física de la persona.
  • El parte de aislamiento, también emitido por el SPS, requerirá la confirmación de la procedencia del aislamiento por parte de la autoridad competente en cada Comunidad Autónoma.
  • Los partes podrán emitirse con retroactividad.
  • No emitimos ninguna baja las mutuas aunque haya sido contraído en el trabajo. Inicialmente serán todos los procesos de IT contingencia común y si el interesado, INSS o empresa no está de acuerdo, deberá hacer una deco.

No deben remitirse Partes de Accidente de Trabajo (PATs). Los partes deberán gestionarse a través del Sistema RED como cualquier otro parte de Contingencias Comunes (CC).

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