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Autónomos

Por qué Mutua Montañesa

En Mutua Montañesa trabajamos cada día para hacer las cosas muy fáciles, proporcionándote toda la información que necesitas de una forma sencilla. Nos comprometemos a aportarte agilidad en las gestiones y calidad en la asistencia sanitaria.

Ventajas para ti

Mmuy fácil en tus gestiones

  • Podrás realizar gestiones más frecuentes de manera online, sin necesidad de desplazamientos.
  • Hemos creado un portal específico para ti, donde dispondrás, a un solo clic, de toda tu información: solicitud y estado de tus prestaciones económicas y descarga de tus recibos, y además te avisaremos vía sms de tus próximas citas, así como de otras novedades asociadas con todos tus procesos.
  • No estarás sol@, tendrás un asesoramiento continuo.

Solicita ya tu acceso a través de este enlace Portal Mmuy Digital Personas y tenlo todo al alcance de tu mano.

¿Quieres saber más sobre su funcionamiento? clica aquí

Mmuy fácil en servicios

  • Ponemos a tu disposición a una amplia red de profesionales médicos junto con los últimos avances en tecnología hospitalaria. Contamos con un Hospital de referencia Mutua Montañesa.
  • Equipo de médicos rehabilitadores y fisioterapeutas que aplican las técnicas más adecuadas y avanzadas en cada tratamiento.
  • Realizamos pruebas diagnósticas e intervenciones quirúrgicas con la última tecnología.

Mmuy fácil en atención

  • Línea asistencial 24 horas para atenderte ante cualquier accidente laboral, los 365 días al año, en nuestro número gratuito 900 180 875 o si estás en el extranjero +34 934 955 110.
  • Tenemos una amplia red de centros propios y más de 200 centros concertados alrededor de todo el país.

Coberturas

En Mutua Montañesa te ofrecemos una protección integral ante todas las situaciones de enfermedad, accidente y cese de actividad.

Enfermedad Común

Todos los trabajadores adscritos al régimen de Autónomos, salvo los trabajadores por cuenta propia agrarios incorporados al Sistema Especial de Trabajadores Agrarios por Cuenta Propia, deben contratar la cobertura de Incapacidad Temporal por Contingencia Común con una Mutua de Accidentes, ya que tiene carácter obligatorio desde el 1 de enero de 2008, según lo establecido en Ley 20/2007 de 11 de julio, del Estatuto del Trabajador Autónomo.

Te acompañaremos durante toda tu baja médica, para que puedas incorporarte a tu trabajo lo antes posible y en las mejores condiciones.

Accidente de trabajo-Enfermedad Profesional

También dispondrás de asistencia sanitaria de primera calidad en caso de Contingencia Profesional, si contratas con nosotros dicha cobertura.

Cese de Actividad

Esta prestación es de carácter obligatorio y es la conocida como "paro" de autónomos para situaciones en las cuales has tenido que cesar tu actividad con carácter temporal o definitivo y por causas ajenas a tu voluntad. Adicionalmente a raíz de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se han ido creando nuevas prestaciones extraordinarias de cese de actividad.

EXCEPCIONES:

  • Trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial del Mar: pueden optar por una mutua o por el Instituto Social de la Marina (ISM). De este colectivo, también, son excepción los del grupo tercero de cotización, que deben tener la cobertura por contingencias comunes con el ISM.
  • Socios de cooperativas, integrados en el RETA: si disponen de un sistema de protección intercooperativo de prestaciones sociales complementario del Sistema Público, que proteja las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional, por cese de actividad y formación profesional, no tienen obligación de cobertura en el RETA.
  • Autónomos que cotizan por tarifa plana: no están obligados a cubrir la prestación por cese de actividad
  • Autónomos con 65 años de edad y 38 años y seis meses cotizados o 67 años de edad y 37 de cotización: están exentos de cotizar, sin que computen las pagas extras para calcular los años cotizados.

Somos especialistas en salud laboral y contamos con médicos de gran experiencia en procesos de recuperación con los últimos avances en tecnología. Sin listas de espera y una asistencia de urgencia y visitas sucesivas en centros propios y concertados.

 

Tus prestaciones

Más info que como autónomo debes conocer : Link

Calcula tu cuota de autónomo

La Tesorería General de la Seguridad Social pone a tu disposición la nueva calculadora de cuotas para autónomos, un instrumento que te servirá para simular la cuota que deberás abonar a partir de enero de 2023 tras la aplicación del nuevo sistema de cotización por rendimientos.

Calculadora de cuotas para autónomos 2023

Guía para trabajadores autónomos

Cómo asociarte

Si eres un autónomo que inicia su Actividad

Debes indicar en el Modelo TA052 de solicitud de Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, el número “007 – Mutua Montañesa”.

  • Solicitud de Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (TA0521-1)
  • Solicitud de Alta en el Sistema Especial para Trabajadores Agrarios (TA0521-7 Agrario)
  • Solicitud de Alta como Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente (TA0521-8 TRADE)
Archivo
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Si vas a realizar un cambio de Mutua o INSS

Debes solicitar la baja de tu Documento de Adhesión, respetando forma y plazos establecidos por la Ley (antes del 1 de octubre y con efectos del 1 de enero siguiente) y remitirnoslo a Mutua Montañesa para su tramitación.

 

Si lo que quieres es realizar una variación de Cobertura

Debes rellenar el Modelo TA0521 de Variación de datos indicando el cambio de cobertura que quieras realizar y entregarlo en la Tesorería General de la Seguridad Social antes del 1 de Octubre, con efectos al 1 de Enero siguiente.

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Si quieres que te proporcionemos más información rellena el siguiente formulario y te contactaremos o acércate a una de nuestras oficinas.

Te contactamos

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Los datos proporcionados por el Usuario en el presente formulario serán objeto de tratamiento con la finalidad de permitir a Mutua Montañesa ponerse en contacto con usted de conformidad con la política de protección de datos de carácter personal regulada en la Política de privacidad - Protección de datos de carácter personal del Sitio Web.

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